viernes, 4 de octubre de 2013

En chile


Prohibición del aborto en Chile 

En Chile el aborto entro como delito al código penal en 1875

Como en todos los países sudamericanos, en Chile, la primacía de la religión católica, Así, desde la época colonial, el aborto se considera una conducta moral y socialmente reprochable, aunque subrepticiamente se practicaran abortos mediante infusiones, yerbas u otros métodos naturales. El Código Penal, en vigor desde 1875, pasó a castigar el delito de aborto.

En 1931 se legalizo el aborto terapéutico

En 1931 se legalizó el aborto terapéutico contemplándose dentro del Código Sanitario para ciertos supuestos definidos por ley. El número de abortos fue en crecimiento, junto con la elevada natalidad que el país alcanzó hacia la década de 1960. Esta protección oficial al aborto se vio reforzada por la difusión de métodos anticonceptivos iniciados en el gobierno demócratacristiano de Eduardo Frei Montalva.

En 1973 bajo dictadura se ilegaliza el aborto

El estatus jurídico del aborto cambiaría después del Golpe de Estado en Chile de 1973 y el advenimiento al poder de la Junta Militar.
Durante el funcionamiento de la Comisión de Estudios de la Nueva Constitución, encargada de discutir el anteproyecto de la nueva Carta Fundamental chilena, don Jaime Guzmán Errázuriz trató de introducir una prohibición constitucional del aborto. Su discurso consta en las actas oficiales de la Comisión Constituyente del día 14 de noviembre de 1974:
"La madre debe tener el hijo aunque este salga anormal, aunque no lo haya deseado, aunque sea producto de una violación o, aunque de tenerlo, derive su muerte".
Finalmente, los demás redactores de la Constitución de 1980 no aceptaron esa moción (prohibición constitucional de todo aborto), por lo que sólo establecieron, en su Artículo 19, número 1, que "la ley protege la vida del que está por nacer", con lo que la regulación de la materia quedó radicada en la ley.
Ese mandato del constituyente al legislador se materializó en 1989 con la modificación del artículo 119 del Código Sanitario que pasó a prescribir lo siguiente: "No podrá ejecutarse ninguna acción cuyo fin sea provocar el aborto", derogándose además las disposiciones de 1931.

Así, Chile es uno de los pocos Estados que hoy en día cuenta con una regulación protectora del no nacido, prohibiéndose el aborto en cualquier supuesto, incluyendo la violación y la vida y salud de la madre.